lunes, 15 de octubre de 2012

Padres, profesores y colegios ante el Sexting



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Todos los medios de comunicación se han hecho eco de la reforma del Código Penal llevada a cabo por el gobierno donde una de las modificaciones más aludidas ha sido la de la tipificación como delito, de la conducta consistente en la divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, aún incluso en el caso en que las imágenes se hayan obtenido con el consentimiento de la víctima. Un nuevo tipo delictivo que se añade al título de “los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio”, el cual queda cometido por la mera divulgación de las imágenes, aunque se hayan obtenido lícitamente y se castiga con pena de un año de prisión. En definitiva, el delito existe si se divulga la imagen aunque ésta haya sido obtenida lícitamente puesto que, el receptor de la imagen tiene derecho a verla pero no a difundirla.

http://www.flickr.com/photos/tags/sexting/

Sin entrar en la valoración de la reforma me gustaría sin embargo entrar en la valoración de una práctica que según la Academia Americana de Pediatría es llevada a cabo por el 15% de los adolescentes en USA (12 a 18 años); según INTECO (nov. 2011) el 1'5% de los menores en España (12 a 16 años) lo envían y el 4'3% lo recibe y según la Universidad de Michigan (2011) un 42'8% (18 a 24 años) de adultos lo practican: me refiero al “sexting”. E imagino que estas cifras irán en aumento en el futuro.

El “sexting” es el envío de imágenes eróticas o sexuales propias (foto o vídeo) a otra persona a través de teléfonos inteligentes (smartphone) principalmente, o internet. Y ¿por qué se produce?, pues las razones son variadas, desde moda (algunos famosos también lo hacen, como Scarlett Johanson), despertar sexual en la adolescencia (para compartir sexo, como experimentación, como exhibicionismo o como mecanismo de seducción o ligoteo), hasta constituir una conducta irreflexiva propia en la etapa de la adolescencia, o la ausencia de visión de futuras consecuencias sociales, laborales, familiares y por supuesto legales.

Sin embargo, los riesgos no se reducen a la pérdida de control del material enviado, sino que suponen también la pérdida de privacidad y la posible difusión masiva (una vez en Internet, el contenido es incontrolable, la imagen será casi imposible eliminarla). Además, cuando los menores se ven involucrados en estas prácticas, pueden sufrir riesgos psicológicos, “sextorsión” o amenazas relacionadas con la difusión de las imágenes (para conseguir que la relación no termine, para obtener un chantaje sexual), grooming, cyberbulling y una larga lista de consecuencias.

Me pregunto ahora cómo haremos los padres y madres para explicar a los menores las consecuencias legales (para ellos y para nosotros que somos sus progenitores) de las prácticas del sexting, teniendo en cuenta que, como defiende el Grupo Popular en la defensa de su Proposición no de Ley presentada en el Congreso sobre “La seguridad de los menores en las redes sociales en Internet”: "...en este cosmos digital, los jóvenes y los niños son los usuarios más avanzados, son los nativos porque son más diestros, son más hábiles en el manejo de Internet; por cultura social y porque este territorio resulta mucho más ajeno o mucho menos familiar a los adultos".

Pues parece que no tenemos muchas opciones y que la única solución aparente es la prevención. Prevención para que nuestros hijos no cometan el delito de divulgar imágenes o grabaciones íntimas, aún incluso en el caso en que las hubieran obtenido de forma consentida. Pero “prevención a varios niveles: educación sexual junto con educación sobre las TIC. Y, ¿por qué no? prevención para recomendarles que en todo caso y de practicarlo, lleven a cabo un “sexting seguro”. ¿Cómo?, explicándoles en primer lugar que tecnológicamente el sexting no es seguro, puesto que existen métodos para obtener ilícitamente las imágenes con contenido sexual de terceros guardadas en dispositivos informáticos. Pero si de todas formas ellos quieren compartir imágenes con contenido sexual, se han de tener en cuenta ciertas reglas como no mostrar rasgos personales (la cara, tatuajes, etc.) o no mostrar detalles del entorno donde se toma la fotografía, para que no se pueda deducir la identidad del fotografiado (escudos de instituciones académicas, uniformes con logo corporativo, etc.).

En definitiva parece que en el ámbito familiar no queda otro remedio que hacer consciente al menor de la importancia de no enviar o recibir imágenes íntimas, aunque se trate de sus amigos o amigas, novios o novias, o aunque se trate de una broma de mal gusto. Y ¿cómo hacemos consciente de ello al menor?, a priori parece que la única respuesta es la de educarle en valores, en el respeto a la intimidad, a la imagen y a la privacidad de los demás, y a la suya propia, en el respeto a la integridad y en definitiva, en el respeto al “uso responsable” de la red. El menor debe aprender que en las redes sociales no se insulta, no se amenaza y no se acosa a los demás usuarios, no se usurpa la identidad de un compañero, no se publican fotografías de otros menores sin su consentimiento (o mejor dicho, el de sus representantes legales) y mucho menos si estas fotografías son ofensivas o lesionan el honor de una persona.

Llegados a este punto seré muy crítica con un asunto que entiendo de vital importancia: el papel “educador” de las instituciones. En mi opinión las instituciones deberían asumir un rol activo en la educación de los menores en el uso de internet y sus servicios, máxime si tenemos en cuenta además que el uso de las nuevas tecnologías ya forma parte del nuestro sistema educativo.

Como argumenta el Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, en las enmiendas presentadas ante la Proposición No de Ley del gobierno sobre “La seguridad de los menores en las redes sociales en Internet”, "...podemos felicitarnos y darnos besos y abrazos por esta proposición no de ley pactada por todos o prácticamente todos los grupos del Congreso, puesto que es mejor hacer esto que no hacer nada, pero francamente es una falta de ambición muy preocupante insistir en la idea de que este problema se solucione promoviendo acuerdos con las empresas que explotan las redes sociales, cuando ya se ha demostrado que los acuerdos no han funcionado y que la autorregulación de las redes sociales no ha funcionado, sino que ha fallado. Por lo tanto, si ha fallado la autorregulación, hay que pasar a la fase de la regulación, que es a lo que expresamente estamos renunciando mediante el acuerdo, porque estamos volviendo a insistir en que se llegue a acuerdos y no en que se regule. Dar consejos y hacer recomendaciones está muy bien, pero creo que estamos aquí para otra cosa, estamos aquí para legislar".

Y yo añado a lo anterior: qué ocurre con las Consejerías de Educación, con los colegios, centros educativos, con los docentes, ¿no se deberían abordar institucionalmente planes educativos y poner más empeño en conocer las normas que rigen la privacidad no solo en la formación de los alumnos sino también de los profesores dado que el uso de las plataformas de redes sociales no es ajeno a los centros educativos?

En la actualidad no podemos esperar mucho de los centros de enseñanza puesto que en muchas ocasiones ni tan siquiera ellos son conocedores ni cumplidores de la normativa sobre privacidad y protección de datos. ¿Cómo es posible?, muy sencillo, no disponen de recursos, las Consejerías no les proveen de información y se trata de una normativa muy específica. Como muestra de lo anterior, solo hace falta entrar en la página web de la Agencia Española de Protección de Datos donde podemos observar una innumerable casuística de sanciones, apercibimientos y declaración de infracción en materia de protección de datos de carácter personal, tanto de centros públicos como de centros concertados y privados e incluso de las propias Consejerías de Educación, por el tratamiento ilícito de los datos personales de los menores según la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal. Con este panorama, ¿qué podemos esperar de la educación sobre tecnología y privacidad que recibirán los menores en el colegio?.

En definitiva, la situación en que los adultos nos encontramos a la hora de educar a nuestros hijos es un tanto desconcertante: plataformas de redes sociales en internet a disposición de nuestros hijos con un amplio abanico de opciones de tratamiento de información privada e íntima a disposición de toda la comunidad de internet; una compleja estructura legal de leyes, resoluciones administrativas y jurisprudencia que nos hace responsables últimos de lo que nuestros hijos “hacen y deshacen en la red”; y una evidente falta de apoyo institucional desde las Consejerías y centros de educación que, pese ser usuarios de las plataformas de Internet, optan por no tratar estos temas salvo, si se llega a acuerdos privados con la industria para alcanzar en el mejor de los casos un paquete de recomendaciones y consejos.

Por todo ello y en esta línea, no sorprenden las conclusiones del estudio realizado por Padres 2.0 “Siente Más Seguridad” (consistente en un sistema de mensajería para familias con consejos educativos relacionados con las TIC) entre las cuales destacamos que: "la recepción de información por los progenitores sobre los riesgos del uso de internet y las redes sociales por los menores, disminuye la percepción de los padres de estar dando consejos TIC apropiados".


Autora: Ana Marzo, asesora legal de Padres 2.0. Equipo Marzo.

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