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viernes, 21 de junio de 2013

100 días de vacaciones 2.0

“Más o menos 100 días hay de vacaciones y llegan las clases de nuevo. Un problema en verano y en ocasiones es cómo pasarlo de miedo”. Así comienza la canción de los siempre ocurrentes Phineas y Ferb, dos hermanastros de lo más creativos. A veces nos pasa: con tannnnto tiempo libre del que disponen, no se nos ocurre qué hacer en verano para que disfruten y disfrutemos también toda la familia. No te vamos a proponer que escales la Torre Eiffel ni que bañes a un mono con gel, como cantan los hermanos de Candance, sino que esperamos que nuestras propuestas sean una excusa perfecta para unir y divertir a toda la familia.

Videojuegos

El uso de videojuegos desarrolla destrezas motrices y cognitivas muy positivas para el desarrollo de tu hij@. Los nuevos videojuegos basados en el movimiento corporal como forma de interacción con el juego, menos sedentarios, ayudan a mantener en forma a tu hij@ de manera lúdica. Además, la conexión a Internet de que disponen las nuevas consolas, le permite la posibilidad de jugar en red lo que es un factor que amplifica su contacto social, anteriormente limitado a sus amig@s cercanos.

Desde Padres 2.0 te animamos a que este verano amplíes a tu hij@ los límites del juego, porque seguro que ha estudiado duro durante todo el año, pero vamos más allá, te proponemos que te unas a tu hij@ dejando que sea él o ella quien te enseñe a jugar y así puedas disfrutar juntos esos momentos. Por otro lado, si fomentas que juegue en línea con familiares o amigos lejanos, será una forma estupenda de seguir manteniendo el contacto.

lunes, 17 de junio de 2013

¿Es legal intercambiar música, noticias y juegos a través del móvil o las redes sociales?

¿Qué límites deben conocer los profesores e investigadores a la hora de reproducir, distribuir o comunicar públicamente contenidos con derechos de autor?.

¿Qué supone el hecho de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea haya excluído del concepto de copia privada a los usos profesionales y empresariales?.

¿Cuál es el futuro escenario que establece el anteproyecto de ley sobre Propiedad Intelectual?.

Ana Marzo
¿Cómo refuerza la futura norma la transparencia, el control y la vigilancia efectiva de las entidades de gestión?.

¿Existe actividad delictiva por parte del prestador de servicios de la sociedad de la información que enlaza a contenidos con copyright?.

¿Qué sanciones se prevén en caso de incumplimiento reiterado de los requerimientos de retirada de contenidos ilícitos?.

El diario Expansión.com realiza una entrevista a Ana Marzo, asesora legal de Padres 2.0, donde da respuesta a todas estas preguntas.

La entrevista sirve de presentación de la conferencia "Ley de Propiedad Intelectual" que tendrá lugar el próximo 27 de junio y en el que participará nuestra asesora con la ponencia: “La excepción de la ilustración en la enseñanza: alcance y límites”.

Fuente: http://www.expansion.com/2013/06/04/empresas/1370342788.html

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lunes, 13 de mayo de 2013

La difusión del vídeo de Olvido Hormigos, ¿solo un reproche ético y social?


Hace pocos días saltó la noticia a los medios de comunicación en relación con el auto de archivo provisional que concluía que los hechos denunciados por la ex concejal de Los Yébenes, Olvido Hormigos, conocida por la difusión de un vídeo erótico protagonizado por ella misma, no eran constitutivos de un delito contra la intimidad.

Copyright (c) 123RF Stock Photos
Entre otros elementos de juicio, la juez sostiene que, en el caso analizado no procede hablar de delito contra la intimidad cuando la denunciante reconoció haber enviado ella misma el vídeo a un amigo con el que mantenía "una relación íntima" en varias ocasiones y de forma voluntaria a través del sistema de mensajería WhatsApp.

Aunque con posterioridad este vídeo fue objeto de difusión entre multitud de usuarios a través de las redes sociales y de WhatsApp, sin embargo, en cuanto a esta difusión, la juez expone que "más allá de un mero reproche ético y social" sobre el que a ella no le corresponde pronunciarse, no se habría incurrido en un delito, pues el vídeo no fue obtenido sin consentimiento o autorización.

El propio auto insta a que "se proceda a la práctica de las diligencias esenciales encaminadas a determinar si los hechos objeto de las presentes actuaciones fueran constitutivos de un delito contra la integridad moral".

En su momento la noticia de los hechos vino acompañada pocos días después por la declaración a los medios del Ministro de Justicia de que el Código Penal sería reformado para dar cauce a la creación de un nuevo delito para castigar la “divulgación no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas, incluso si se han obtenido con consentimiento de la víctima”. Parece que ya se estaba augurando cómo sería la resolución del caso Yébenes y se estaban tomando medidas políticas para solucionar el problema a futuro.

Efectivamente, en la actualidad los artículos 197 y siguientes de nuestro Código Penal tipifican las acciones penales de esta naturaleza siempre que para vulnerar la intimidad haya un apoderamiento “sin consentimiento”, “sin estar autorizado” y/o “vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo” de los papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales de otra persona.

jueves, 24 de mayo de 2012

¿Qué pueden hacer tus hijos en Internet?

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"La educación de los menores por el buen uso de Internet no es una tarea sencilla, aunque sí una obligación de sus responsables legales". Así lo explica Ana Marzo, abogada experta en nuevas tecnologías, socia fundadora de Equipo Marzo e integrante del Consejo Asesor de Padres 2.0.






En un reciente artículo publicado en la revista "Padres o Nones" esta experta da algunos ejemplos a los padres para que puedan explicar a sus hijos, de una manera sencilla, qué pueden y que NO pueden hacer en Internet si quieren evitar problemas legales.


Destacamos algunos ejemplos de los que se citan en el artículo:

- NO SE PUEDE descargar música, películas y otros contenidos sin la autorización de los titulares de los derechos de autor.

- NO SE PUEDE compartir con otros usuarios música, películas y otros contenidos adquiridos legalmente sin la autorización de los titulares de los derechos de autor.

- NO SE PUEDE utilizar un sitio web o una red social para insultar, acosar o amenazar a otros usuarios.

- NO SE PUEDE publicar una imagen ni otros datos de un menor si no se tiene el consentimiento de sus padres o tutores.

- NO SE PUEDE enviar correos electrónicos con listas de distribución abiertas y públicas para todos los destinatarios.

Podéis leer el artículo completo aquí.

Ante cualquier problema legal, relacionado con la tecnología, ponemos a tu disposición una consulta gratuita con expertos que te ayudarán a resolver tu problema, o te despejarán las dudas que puedas tener. Es un servicio gratuito que ofrecemos gracias a la colaboración de diversos bufetes especialistas en delitos informáticos.

Si quieres que tu bufete de abogados, cuyo ámbito de especialización y trabajo se centra en las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, colabore en esta iniciativa, escríbenos.

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